A continuación analizaremos un texto que está mal redactado y procederemos a corregirlo. Para esto, también explicaremos los cambios que aplicamos a las correcciones del escrito.
Ahora revisemos el texto corregido:
A continuación explicamos los
cambios que hicimos en la corrección del escrito:
1. La coma está separando el
sujeto de su predicado, lo cual no es gramaticalmente correcto en este caso. El
sujeto completo es:
"El voto en discordia de la señora jueza superior María Esther Felices Mendoza" y el predicado "es como sigue".
Por lo tanto, no debe haber coma entre el sujeto y el predicado, salvo en casos muy específicos (como aclaraciones o enumeraciones, que no aplican aquí). Por lo tanto, la coma se eliminó. En español, es un error separar el sujeto del predicado con una coma. Esta regla se aplica incluso si el sujeto es largo o contiene nombres propios, como en este caso.
2.
Corrección
de numeraciones y formatos:
- Se corrigió la escritura de
"Primero.-" por "Primero.", eliminando el guion (recuerda
que el punto y guion no es un signo de puntuación) y se mantiene el formato correcto para
documentos jurídicos o formales.
- Luego de la palabra “Ley”, se colocó la abreviatura
correcta de “número” (N.º) y se estandarizó su escritura.
3. Claridad gramatical:
a. La frase "pronunciamiento respecto a la
argumentado" fue modificada a "pronunciarse respecto de lo
argumentado", corrigiendo la concordancia y el uso preposicional.
- "Al
respecto de la visión de lo actuado" fue cambiado por "En
cuanto a los hechos analizados", para mayor claridad y fluidez.
4.
Uso técnico
y precisión jurídica:
a. La expresión "el control de convencional de las
Leyes" fue corregida a "el control de convencionalidad de las
leyes", reflejando el término jurídico adecuado.
- Se añadió la palabra "tipificado" en
la mención del delito, para precisión jurídica.
5.
Concisión y
eliminación de redundancias:
- La frase "decir, cuando estaba vigente el
Decreto Legislativo Nº1244 de fecha 29 de octubre de 2016" fue
reformulada como "Es decir, lo hizo cuando estaba vigente el Decreto
Legislativo N.º 1244, emitido el 29 de octubre de 2016",
logrando mayor claridad y cohesión textual.
6.
Corrección
de fechas y estilo numérico:
- Se escribieron las fechas en formato estándar
para documentos formales: "7 de agosto de 2024" en lugar de "07
de agosto de 2024". El cero ya no se coloca cuando va adelante.
- El uso del número ordinal del artículo del
Código Penal (317º) fue cambiado a 317 (sin la letra o voladita) ya que
es lo correcto en textos jurídicos y administrativos.
7.
Puntuación
mejorada:
- Se revisaron y corrigieron las comas y puntos,
eliminando pausas innecesarias y estructurando mejor las ideas.
La
corrección que aplicamos no solo corrige errores, sino que logran que el texto
sea más claro, preciso y adecuado para su contexto jurídico y formal.
Recuerda
que, como abogados, siempre debemos mejorar la calidad de nuestros escritos.
Escrito por
David Misari Torpoco
Abogado y docente de Redacción Jurídica
16 de enero de 2025
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